Iatrogenias
Revisión Literaria Medicina Forense y Legal.
Edvin
Guzmán Jimenez, estudiante Lic. En medicina.
Dr. José Luis
Guzman Torres, titular de la materia de Medicina Forense y Legal.
Universidad de
Quintana Roo, División de Ciencias de la Salud.
Concepto de Iatrogenia
Iatrogénico se define, según
el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española como toda alteración
del estado. La palabra iatrogenia proviene del griego iatros que significa médico y geno
que significa producir u originar. La Comisión Nacional de Arbitraje Médico
(CONAMED) define iatrogenia como determinadas consecuencias del comportamiento
médico, mismas que pueden ser producidas tanto por el médico como por los
medicamentos y agrega también que estas consecuencias pueden ser positivas o
negativas. Actualmente el término iatrogenia es usado más comúnmente en el
sentido negativo, como la afección resultante de un errado comportamiento
médico, tratamiento o medicamento del paciente producida por el médico.
Iatrogenia: clínica, social, cultural
·
Referida al daño provocado a los pacientes
como consecuencia de la intención de diagnosticar, prevenir, curar y aliviar.
·
La adicción de las personas de los cuidados
médicos como solución a todos los
problemas.
·
Destrucción de la autonomía de los pacientes
y la expropiación de su responsabilidad individual.
Iatrogenia: Por área medica
Iatrogenias
en ginecoobstetricia.
Todas las intervenciones
pélvicas tienen potencial para producir una lesión urológica (J.L. Lobato). Del
2002-2006, se presentaron un total de quejas atendidas por la Conamed, 1027
casos. Del cual el 50% correspondía a mala práctica. En el 2010, se atendió 654 gestiones
inmediatas ante la CONAMED, 4.4% ginecología y obstetricia.
Iatrogenias
en cirugía.
Aproximadamente, 80% de los
cuerpos extraños olvidados en abdomen corresponden a compresas, gasas y campos
quirúrgicos (“textilomas”). Aguirre y
colaboradores. practicaron una encuesta anónima a 93 cirujanos y encontraron
que 32% reconocieron haber dejado una compresa en cavidad abdominal durante
alguna de sus cirugías, 80% afirmaron haber manejado alguna vez un textiloma y
94% reconocieron conocer algún colega que había incurrido en este error
técnico. El tipo de cirugía donde se
presentó el olvido de gasas o apósitos fue predominantemente en cirugía
abdominal y ginecológica, que representaron cada una 40% del total de casos
analizados.
Iatrogenias
en urgencias.
Se considera urgencia médica
toda situación que requiere una actuación médica inmediata. Se distingue entre
urgencia objetiva, necesidad de actuación inmediato y real valorada por un
médico, y urgencia subjetiva, en la que la inmediatez es requerida por el
propio paciente y sus familiares. Se
realiza 27 millones de consultas de urgencia. La Conamed recibo un total de 654quejas
inmediatas de las cuales corresponden en
Medicina de Urgencias (6.6%). Urgencias Médico-Quirúrgica, 800 en cuatro
años.
Iatrogenia
en anestesia
La anestesia se considera en
la actualidad un procedimiento relativamente seguro, pero los errores que se
pueden cometer durante su implementación pueden tener consecuencias graves. Los
errores más comunes se relacionaron a
una dosis equivocada e inadecuada, sustitución de medicamentos. El 63% de los
errores estuvieron relacionados a los bolos de medicamentos, 20% a las
infusiones y 15% a la dosificación de los agentes inhalatorios. En base a
estudios recientes se considera que se presenta una muerte relacionada a la
anestesia por cada 200,000 a 300,000 procedimientos anestésicos. Es importante
comentar que la mayoría de errores cometidos con la aplicación de medicamentos
no son reportados, excepto aquellos que llegan a ser catastróficos. El error
derivado de una inadecuada administración de medicamentos sigue siendo un
problema frecuente y grave en la práctica de la anestesiología y puede llegar a
ocupar hasta el 28% de los incidentes críticos.
Iatrogenia
en pediatría
La Medicina, que es arte y
ciencia, requiere para su cabal ejercicio de la suficiente preparación, que
permita asegurar aquel primer postulado heredado de los antiguos griegos:
primero no hacer daño. Se realizó estudio en un centro de atención de tercer nivel
perteneciente al instituto mexicano del seguro social, se incluyeron 91
expedientes clínicos. El índice de iatrogenicidad global fue de 57%; 4%
atribuible a iatrogenia institucional y 53% a individual. La problemática que
representan las enfermedades iatrogénicas realmente ha sido soslayada, en su
prevalencia, incidencia, curso clínico o pronóstico.
Tipos de Iatrogenia por su resultado
Según Pérez Tamayo, la
iatrogenia se puede clasificar en dos tipos: positiva y negativa. En la
iatrogenia positiva las alteraciones producidas en el estado del paciente son
inocuas. En la iatrogenia negativa el estado del paciente sufre algún daño por
la acción médica. La iatrogenia negativa puede ser necesaria o innecesaria. La Iatrogenia negativa necesaria el
médico tiene pleno conocimiento del riesgo de daño, es un riesgo esperado,
previsto, que no produce sorpresa y el médico lo reconoce como un riesgo propio
de sus acciones a favor del paciente. La iatrogenia negativa innecesaria, la
acción médica ha producido un daño que no tenía por qué ocurrir, es
consecuencia de ignorancia y es éticamente inadmisible.
Iatrogenias
negativas: médico legal.
Negligencia, es
la omisión al cumplimiento al deber, con conocimiento de causa, teniendo los
medios para ello, es descuido y omisión. Negligencia es lo contrario del deber,
es dejar de hacer o hacer a destiempo.
Impericia,
es
la falta de pericia, es decir, la sabiduría. Es la carencia de conocimientos
técnicos, experiencia y habilidad en el ejercicio de la medicina.
Imprudencia, es
la falta de prudencia, realizar un acto con ligereza, sin las adecuadas
precauciones. Es la conducta contraria a lo que el buen sentido aconseja.
Factores etiológicos de las iatrogenias
La Alianza Mundial de
Profesiones de Salud (AMPS) produjo un comunicado después de la reunión en
Ginebra en abril de 2002, solicitando que los organismos internacionales,
nacionales y todos aquellos vinculados a la atención sanitaria consideren como
prioridad la seguridad del paciente, teniendo en cuenta que los recursos
humanos inadecuados son una amenaza grave para la seguridad de los enfermos y
la calidad de los cuidados.
El ambiente de trabajo juega
un papel muy importante para el desarrollo de las iatrogenias algunas pueden
ser por la falta de seguridad de las instalaciones y de la aparatología. Su
certificación y mantenimiento, la organización del sistema, la implementación
de sistemas eficientes de gestión administrativa.
La capacidad profesional,
decisiones equivocadas en la elección profesional conducen a pobres desempeños.
El desconocimiento de la información y no conducirse conformé a la Lex Artis.
Ética
medica
La bioética es la rama de la
ética que provee los principios para la actuación correcta en los aspectos
relacionados con la vida. La bioética pretende distinguir entre lo que debe ser
o debe hacerse y lo que no debe ser o no debe hacerse, en los actos que afectan
la vida (humana y no humana). La bioética aplicada a los actos médicos se
conoce también como ética médica. El
principio de no maleficencia significa
que cualquier acto médico debe pretender en primer lugar no hacer daño alguno,
de manera directa o indirecta. El principio de beneficencia se refiere a que
los actos médicos deben tener la intención de producir un beneficio para la
persona en quien se realiza el acto. El principio de autonomía alude al derecho
del paciente de decidir por sí mismo sobre los actos que se practicarán en su
propio cuerpo y que afectarán de manera directa o indirecta su salud, su
integridad y su vida. El principio de justicia obliga a tratar a cada paciente
como le corresponde; esto es, sin más ni menos atributos que los que su
condición amerita.
Deontología
Médica
La Deontología Médica es el
conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar y guiar la conducta
profesional del médico. Los médicos deben:
o
Mantener siempre el más alto nivel de
conducta profesional.
o
No permitir que motivos de ganancia influyan
el ejercicio libre e independiente de su juicio profesional de sus pacientes.
o
Todos los tipos de práctica médica, dedicarse
a proporcionar un servicio médico competente, con plena independencia técnica y
moral, con compasión y respeto por la dignidad humana.
o
Respetar los derechos del paciente, de los
colegas y de otros profesionales de la salud, y debe salvaguardar las
confidencias de los pacientes.
o
Actuar sólo en el interés del paciente cuando
preste atención médica.
o
Obrar con suma cautela al divulgar
descubrimientos o nuevas técnicas, o tratamientos a través de canales no
profesionales.
o
Certificar sólo lo que él ha verificado
personalmente.
Deberes
hacia los enfermos.
o
EL MEDICO DEBE recordar siempre la obligación
de preservar la vida humana.
o
EL MEDICO DEBE a sus pacientes todos los
recursos de su ciencia y toda su lealtad. Cuando un examen o tratamiento
sobrepase su capacidad, el médico debe llamar a otro médico calificado en la
materia.
o
EL MEDICO DEBE guardar absoluto secreto de
todo lo que se le haya confiado, incluso después de la muerte del paciente.
o
EL MEDICO DEBE prestar atención de urgencia
como deber humanitario, a menos de que esté seguro que otros médicos pueden y
quieren prestar dicha atención.
Deberes
de los médicos entre sí.
o
Comportarse hacia sus colegas como él
desearía que ellos se comportasen con él.
o
NO debe atraer los pacientes de sus colegas.
o
Observar los principios de la
"Declaración de Ginebra", aprobada por la Asociación Médica Mundial.
México: ¿cuenta con un
Código Mexicano de deontología médica?
El Código Internacional de
Ética Médica establece deberes de los médicos en general, deberes de los
médicos hacia sus enfermos y deberes de los médicos entre sí. En éstos, señala
normas de conducta profesional y líneas morales de acción que deben observarse
invariablemente en la práctica médica. En México la existen de código de deontología médica que aplique para
todas las áreas médicas y especialidades no existe, pero cada colegio de México
cuenta con un código de deontología médica.
Código ético y deontológico para el Colegio Mexicano de Urología A.C.
está formado por los deberes de los médicos, la relación médico paciente y la
relación de los médicos entre sí.
Documentos Internacionales
Código
de Nüremberg.
En 1997, el Código de
Nüremberg fue publicado el 20 de agosto de 1947, como producto del Juicio de
Nüremberg (agosto 1945 a octubre 1946), en el que, junto con la jerarquía nazi,
resultaron condenados varios médicos por gravísimos atropellos a los derechos
humanos.
1
El consentimiento voluntario del sujeto
humano es absolutamente esencial.
2
El experimento debe realizarse con la
finalidad de obtener resultados fructíferos para el bien de la sociedad.
3
El experimento debe diseñarse y basarse en
los resultados obtenidos mediante la experimentación previa con animales y el
pleno conocimiento de la historia natural de la enfermedad.
4
El experimento debe ser conducido de manera
tal que evite todo sufrimiento o daño innecesario físico o mental.
5
No debe realizarse experimento alguno cuando
hay una razón a priori para suponer que puede ocurrir la muerte o una lesión
irreparable.
6
El riesgo tomado no debe exceder nunca el
determinado por la importancia humanitaria del problema que ha de resolver el
experimento.
7
Se deben tomar las precauciones adecuadas y
disponer de las instalaciones óptimas.
8
El experimento debe ser conducido únicamente
por personas científicamente calificadas.
9
Durante el curso del experimento el sujeto
humano deber tener la libertad de poder finalizarlo si llega a un estado físico
o mental.
Declaración
de Ginebra de 1948
o
Prometo solemnemente consagrar mi vida al
servicio de la humanidad.
o
Otorgar a mis maestros el respeto y la
gratitud que merecen.
o
Ejercer mi profesión dignamente y a
conciencia.
o
Velar solícitamente, y ante todo, por la
salud de mi paciente.
o
Guardar y respetar el secreto profesional.
o
Mantener incólume, por todos los medios a mi
alcance, el honor y las nobles tradiciones de la profesión médica.
o
Considerar como hermanos a mis colegas.
o
Hacer caso omiso de credos políticos y
religiosos, nacionalidades, razas, rangos sociales y económicos, evitando que
se interpongan entre mis servicios profesionales y mi paciente.
o
Mantener sumo respeto por la vida humana,
desde el momento mismo de la concepción;
y no utilizar -ni incluso por amenaza- mis conocimientos médicos para
contravenir las leyes de la humanidad.
o
Solemne y espontáneamente, bajo mi palabra de
honor, prometo cumplir lo antes dicho.
Declaración
de Helsinki de 1964
El Código de Nüremberg
publicado en 1946, a causa de las atrocidades permitidas durante la segunda
guerra mundial en la experimentación con seres humanos. Como no fueron
suficientes, ni tampoco tenidos en cuenta en posteriores investigaciones por
parte de algunos círculos médicos, pasados 18 años, ante nuevo escándalos.
Entonces se presenta la declaración de Helsinki con el propósito de regular la
práctica médica dentro de las investigaciones. La primera presentación de la Declaración
de Helsinki con recomendaciones para orientar a los médicos que investigan en
seres humanos se redactó en 1961, pero la Declaración de Helsinki se adoptó por
primera vez en el año 1964. Dicha
declaración ha sido revisada siete veces, la última se llevó a cabo en la 64ª
Asamblea General, Fortaleza, Brasil, octubre 2013. De acuerdo a la revisión del
2008 la declaración se dividía en tres secciones Principios básicos, Investigación médica
combinada con asistencia profesional (Investigación clínica) e Investigación
biomédica no terapéutica que implique a personas (Investigación biomédica no
clínica) desglosando 22 puntos. En la
última revisión se empelan 35 puntos, a continuación se desglosan cada uno.
Principios
generales.
1.
La Declaración de Ginebra de la Asociación
Médica Mundial vincula al médico con la fórmula: velar solícitamente y ante
todo por la salud de mi paciente, y el Código Internacional de Ética Médica
afirma que: El médico debe considerar lo mejor para el paciente cuando preste atención
médica.
2.
El deber del médico es promover y velar por
la salud, bienestar y derechos de los pacientes, incluidos los que participan
en investigación médica.
3.
El progreso de la medicina se basa en la
investigación que, en último término, debe incluir estudios en seres humanos.
4.
El propósito principal de la investigación
médica en seres humanos es comprender las causas, evolución y efectos de las
enfermedades y mejorar las intervenciones preventivas, diagnósticas y
terapéuticas (métodos, procedimientos y tratamientos).
5.
La investigación médica está sujeta a normas
éticas que sirven para promover y asegurar el respeto a todos los seres humanos
y para proteger su salud y sus derechos individuales.
6.
Aunque el objetivo principal de la
investigación médica es generar nuevos conocimientos, este objetivo nunca debe
tener primacía sobre los derechos y los intereses de la persona que participa
en la investigación.
7.
En la investigación médica, es deber del
médico proteger la vida, la salud, la dignidad, la integridad, el derecho a la
autodeterminación, la intimidad y la confidencialidad de la información
personal de las personas que participan en investigación.
8.
Los médicos deben considerar las normas y
estándares éticos, legales y jurídicos para la investigación en seres humanos
en sus propios países, al igual que las normas y estándares internacionales vigentes.
9.
La investigación médica debe realizarse de
manera que reduzca al mínimo el posible daño al medio ambiente.
10. La
investigación médica en seres humanos debe ser llevada a cabo sólo por personas
con la educación, formación y calificaciones científicas y éticas apropiadas.
11. Los
grupos que están subrepresentados en la investigación médica deben tener un
acceso apropiado a la participación en la investigación.
12. El médico
que combina la investigación médica con la atención médica debe involucrar a
sus pacientes en la investigación sólo en la medida en que esto acredite un
justificado valor potencial preventivo, diagnóstico o terapéutico.
13. Se
debe asegurar compensación y tratamiento apropiados para las personas que son
dañadas durante su participación en la investigación.
Riesgos,
Costos y Beneficios.
14. La
investigación médica en seres humanos sólo debe realizarse cuando la
importancia de su objetivo es mayor que el riesgo y los costos para la persona
que participa en la investigación.
15. Toda
investigación médica en seres humanos debe ser precedido de una cuidadosa
comparación de los riesgos y los costos para las personas y los grupos que
participan en la investigación, en comparación con los beneficios previsibles.
16. Los
médicos no deben involucrarse en estudios de investigación en seres humanos a
menos de que estén seguros de que los riesgos han sido adecuadamente evaluados
y de que es posible hacerles frente de manera satisfactoria.
16.
Grupos
y personas vulnerables.
17. Todos
los grupos y personas vulnerables deben recibir protección específica.
18. La
investigación médica en un grupo vulnerable sólo se justifica si la
investigación responde a las necesidades o prioridades de salud de este grupo y
la investigación no puede realizarse en un grupo no vulnerable.
Requisitos
científicos y protocolos de investigación.
19. La
investigación médica en seres humanos debe conformarse con los principios
científicos generalmente aceptados y debe apoyarse en un profundo conocimiento
de la bibliografía científica.
20. El
proyecto y el método de todo estudio en seres humanos deben describirse
claramente y ser justificados en un protocolo de investigación.
Comités
de ética de investigación
21. El
protocolo de la investigación debe enviarse, para consideración, comentario,
consejo y aprobación al comité de ética de investigación pertinente antes de
comenzar el estudio.
Privacidad
y confidencialidad
22. Deben
tomarse toda clase de precauciones para resguardar la intimidad de la persona
que participa en la investigación y la confidencialidad de su información personal.
22.
Consentimiento
informado
23. La
participación de personas capaces de dar su consentimiento informado en la
investigación médica debe ser voluntaria.
24. En
la investigación médica en seres humanos capaces de dar su consentimiento
informado, cada individuo potencial debe recibir información adecuada acerca de
los objetivos, métodos, fuentes de financiamiento, posibles conflictos de
intereses, afiliaciones institucionales del investigador, beneficios
calculados, riesgos previsibles e incomodidades derivadas del experimento,
estipulaciones post estudio y todo otro aspecto pertinente de la investigación.
25. Al
pedir el consentimiento informado para la participación en la investigación, el
médico debe poner especial cuidado cuando el individuo potencial está vinculado
con él por una relación de dependencia o si consiente bajo presión.
26. Cuando
el individuo potencial sea incapaz de dar su consentimiento informado, el médico
debe pedir el consentimiento informado del representante legal.
27. Si
un individuo potencial que participa en la investigación considerado incapaz de
dar su consentimiento informado es capaz de dar su asentimiento a participar o
no en la investigación, el médico debe pedirlo, además del consentimiento del
representante legal.
28. La
investigación en individuos que no son capaces física o mentalmente de otorgar
consentimiento, por ejemplo los pacientes inconscientes, se puede realizar sólo
si la condición física/mental que impide otorgar el consentimiento informado es
una característica necesaria del grupo investigado.
29. El
médico debe informar cabalmente al paciente los aspectos de la atención que
tienen relación con la investigación.
30. Para
la investigación médica en que se utilice material o datos humanos
identificables, como la investigación sobre material o datos contenidos en
biobancos o depósitos similares, el médico debe pedir el consentimiento
informado para la recolección,
almacenamiento y reutilización.
Uso
del placebo.
31. Los
posibles beneficios, riesgos, costos y eficacia de toda intervención nueva
deben ser evaluados mediante su comparación con las mejores intervenciones
probadas, excepto en las siguientes circunstancias:
o
Cuando no existe una intervención probada, el
uso de un placebo.
o
Cuando por razones metodológicas
científicamente sólidas y convincentes, sea necesario para determinar la
eficacia y la seguridad de una intervención el uso de cualquier intervención
menos eficaz que la mejor probada.
o
Los pacientes que reciben cualquier
intervención menos eficaz que la mejor probada, el placebo o ninguna
intervención, no correrán riesgos adicionales de daño grave o irreversible.
Estipulaciones
post ensayo
32. Antes
del ensayo clínico, los auspiciadores, investigadores y los gobiernos de los
países anfitriones deben prever el acceso post ensayo a todos los participantes
que todavía necesitan una intervención que ha sido identificada como
beneficiosa en el ensayo.
33. Todo
estudio de investigación con seres humanos debe ser inscrito en una base de
datos disponible al público antes de aceptar a la primera persona.
34. Los
investigadores, autores, auspiciadores, directores y editores todos tienen
obligaciones éticas con respecto a la publicación y difusión de los resultados
de su investigación.
Intervenciones
no probadas en la práctica clínica.
35. Cuando
en la atención de un enfermo las intervenciones probadas no existen u otras
intervenciones conocidas han resultado ineficaces, el médico, después de pedir
consejo de experto, con el consentimiento informado del paciente o de un
representante legal autorizado, puede permitirse usar intervenciones no
comprobadas, si, a su juicio, ello da alguna esperanza de salvar la vida, restituir
la salud o aliviar el sufrimiento.
Declaración
de Sídney de 1968.
Desde el punto de vista
religioso, el concepto más extendido sobre la muerte es la salida del alma del
cuerpo, de modo que las palabras que se han empleado para denominar el vocablo
alma, en lenguas procedentes de distintas civilizaciones, han sido las mismas
que se han utilizado para definir la respiración. La pérdida de la confianza en la certeza del
diagnóstico de la muerte al atender criterios cardiorrespiratorios perduró
hasta 1819, cuando el francés René T. H. Laennec inventó el estetoscopio,
instrumento que ya permitía evaluar eficientemente la función cardiaca y
respiratoria. La contribución francesa en este sentido fue decisiva. En 1959 un
grupo de neurofisiólogos y neurocirujanos de Lyon, describieron una condición
que ellos llamaron: muerte del sistema nervioso: coma apneico, ausencia de
reflejos tendinosos y de tronco encefálico, y un cerebro eléctricamente
silente. En 1968, el día 5 de Agosto, en Sydney, Australia, durante la
celebración de la XXII Asamblea Médica Mundial, se produjo la conocida
"Declaración de Sydney", que planteó importantes razonamientos
filosóficos acerca del significado de la muerte en el ser humano. La declaración de Sydney de la Asociación
Médica Mundial sobre la muerte, Adoptada por la 22ª Asamblea Médica Mundial,
Sydney, Australia, 1968 Y enmendada por la 35ª Asamblea Médica Mundial,
Venecia, Italia, octubre 1983, se desglosa los puntos.
1
La determinación del momento de la muerte, en
la mayoría de los países, es responsabilidad del médico y así debe seguir
siendo.
2
Dos avances modernos de la medicina han hecho
necesario un estudio más detenido de la cuestión relativa al momento de la
muerte:
o
La capacidad de mantener, por medios
artificiales, la circulación de la sangre oxigenada a través de los tejidos del
cuerpo que pueden haber sido dañados irreversiblemente.
o
El uso de órganos de un cadáver, como el
corazón o los riñones, para trasplante.
3.
La complicación es que la muerte es un
proceso gradual a nivel celular, con la variación de la capacidad de los
tejidos para resistir la falta de oxígeno.
4.
Es esencial determinar la cesación
irreversible de todas las funciones de todo el cerebro, incluido el bulbo
raquídeo.
5.
La determinación del estado de muerte de una
persona permite, desde el punto de vista ético, suspender los intentos de
resucitación y, en los países donde la ley lo permite, extraer órganos del
cadáver, siempre que se hayan cumplido los requisitos legales vigentes de
consentimiento.
Declaración
de Oslo de 1970.
Desde el siglo IV antes de
Cristo, Hipócrates No daré a nadie, aunque me lo pida, ningún fármaco letal, ni
haré semejante sugerencia e igualmente tampoco proporcionaré a mujer alguna un
pesario abortivo. La OMS, aborto legal,
y lo define como la interrupción de un embarazo tras la implantación de un
huevo fecundado en el endometrio antes de que el feto haya alcanzado viabilidad
(antes de las 22 semanas de edad gestacional con peso fetal de 500 gr. y
longitud céfalo nalgas de 25 cm). Reglamento de la Ley de Salud y artículo 144,
el Código Penal para el Distrito Federal se ha definido a la interrupción legal del
embarazo como el procedimiento que se realiza hasta la décima segunda semana de
gestación. La Declaración de Oslo,
Noruega de la Asociación Médica Mundial sobre el aborto terapéutico, describe
siete puntos:
1
El primer principio moral que se impone al
médico es el respeto a la vida humana desde su comienzo.
2
Las circunstancias que crean un conflicto
entre los intereses vitales de la madre y los de su hijo no nacido, provocan un
dilema y plantean la cuestión de sí el embarazo debe ser deliberadamente
interrumpido o no.
3
Las diversas respuestas ante esta situación
proceden de las diferentes actitudes hacia la vida del niño no nacido.
4
No es el papel de la profesión médica
determinar las actitudes y reglas de cada comunidad o estado particular en esta
materia, pero si es nuestro deber intentar asegurar la protección de nuestros
pacientes y salvaguardar los derechos del médico dentro de la sociedad.
5
Por tanto donde la ley permite realizar el
aborto terapéutico, o se contemple la posibilidad de una legislación sobre el
tema y esto no vaya contra la política de la asociación médica nacional.
·
El aborto sólo debe ser realizado como una
medida terapéutica.
·
Normalmente, la decisión de poner fin al
embarazo debe ser aprobada por escrito al menos por dos médicos elegidos por su
competencia profesional.
·
El proceder debe ser realizado por un médico
competente, y llevarse a cabo de acuerdo con las premisas aprobadas por la
autoridad apropiada.
6.
Si el médico considera que sus convicciones
no le permiten aconsejar o realizar un aborto, puede retirarse del caso,
siempre que asegure la continuidad del cuidado médico por un colega
cualificado.
7.
Este manifiesto, aunque respaldado por la
Asamblea General de la World Medical Association, no debe ser considerado
obligatorio para ninguna asociación miembro individual, a menos que sea
adoptado explícitamente por ella.
Declaración
de Tokio de 1975.
La tortura es un fenómeno
ampliamente conocido durante la historia de la humanidad. El artículo 5 de la
declaración universal de los derechos humanos estable que nadie será sometido a
la tortura ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes. La Asociación Médica Mundial adopta la
declaración de Tokio, el 10 de octubre de l975. La declaración es una guía para
la profesión médica en relación a la
tortura y otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes, impuestos
sobre personas detenidas o encarceladas.
Define tortura como la aplicación
deliberada, sistemática y desconsiderada de sufrimiento físico o mental por una
o más personas sea por propia iniciativa u orden de una autoridad, con el fin
de forzar a otra persona a dar información o a confesar, o con cualquier fin. En la declaración de Tokio se presenta lo
siguiente:
El médico tiene el
privilegio y el deber de ejercer su profesión al servicio de la humanidad,
preservar y restituir la salud mental y corporal sin prejuicios personales y
aliviar el sufrimiento de sus pacientes.
Declaración:
·
El médico no deberá favorecer, aceptar o
participar en la práctica de la tortura o de otros procedimientos crueles,
inhumanos o degradantes, cualquier sea el delito atribuido a la víctima, sea
ella sospechosa, acusada o culpable, y cualesquiera sean sus creencias o
motivos y en toda situación, incluido el conflicto armado o la lucha civil.
·
El médico no proporcionará ningún lugar,
instrumento, substancia o conocimiento para facilitar la práctica de la tortura
u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, o para disminuir la capacidad
de resistencia de la víctima a soportar dicho trato.
·
Cuando el médico preste asistencia médica a
detenidos o prisioneros que son o podrían ser interrogados más adelante, debe
ser muy cuidadoso para asegurar la confidencialidad de toda información médica
personal.
·
El médico no utilizará o permitirá que se
use, en lo posible, conocimientos o experiencia médicos o información de salud
específica de las personas con el fin de facilitar o ayudar de otra manera el
interrogatorio, ya sea legal o ilegal, de dichas personas.
·
El médico no deberá estar presente durante
ningún procedimiento que implique el uso o amenaza de tortura, o de cualquiera
otra forma de trato cruel, inhumano o degradante.
·
El médico debe gozar de una completa
independencia clínica para decidir el tipo de atención médica para la persona
bajo su responsabilidad.
·
En el caso de un prisionero que rechace
alimentos y a quien el médico considera capaz de comprender racional y
sanamente las consecuencias de dicho rechazo voluntario de alimentación, no
deberá ser alimentado artificialmente.
·
La Asociación Médica Mundial respaldará y
debe instar a la comunidad internacional, asociaciones médicas nacionales y
colegas médicos a apoyar al médico y a su familia frente a amenazas o
represalias recibidas por haberse negado a aceptar el uso de la tortura y otras
formas de trato cruel, inhumano o degradante.
Declaración
de Hawái de 1977.
La profesión médica parte de
la comprensión del hombre como un ente biopsicosocial, es su centro de
atención, y tiene como concepción filosófica al humanismo, que además
constituye una exigencia de la práctica médica.
La Psiquiatría es una especialidad médica compleja que obtiene sus
conocimientos de diversas fuentes, como las ciencias naturales, sociales y
disciplinas afines. Además, es la especialidad médica que históricamente más
ligada ha estado al humanismo y al pensamiento filosófico. El humanismo surge
en el Renacimiento que fue la época prodigiosa de la expansión de la vida en
todas sus formas. El término Humanismo ha sido, empleado para denominar toda
doctrina que defienda como principio fundamental el respeto a la persona
humana, la palabra tiene una significación histórica indudable. Los fundamentos teóricos y especialmente la
práctica clínica de esta ciencia, toca lo más íntimo y subjetivo del ser
humano: su mente. En la Psiquiatría, más
que en ninguna otra especialidad de la Medicina, las implicaciones sociales y
legales del diagnóstico, y la posibilidad de producir modificaciones
conductuales en el sujeto, producto de la intervención terapéutica, conforman
una situación que reclama por parte del Psiquiatra, y el equipo de salud mental
un especial compromiso humanista. En los últimos treinta años se han realizado
varias declaraciones en el ámbito de la salud mental promovida por diferentes
organizaciones, cuya temática ha variado según el momento histórico y su
procedencia. En 1977 la Asociación Mundial de Psiquiatría (AMP) aprobó la
Declaración de Hawai, introduciendo parámetros y normas éticas para la práctica
de la psiquiatría. Durante la Asamblea General de la Asociación Mundial de
Psiquiatría en Viena, en junio de 1983, se actualiza y se aprobó la Declaración
de Hawai II, en la cual se describen diez puntos que, además de encuadrar el
ejercicio de la profesión, tuvieron en cuenta los adelantos de la ciencia y los
cambios sociales. La proposición de la Asociación Mundial de Psiquiatría (AMP)
sobre los Derechos y la Protección Legal de los Enfermos Mentales, adoptada por
la Asamblea General en Atenas en 1989. La
declaración de Hawái (1977),
guías éticas para los psiquiatras de todo el mundo, describe diez puntos: En
este sentido, la AMP aprobó las siguientes directrices sobre normas éticas que
deben regir la conducta de los psiquiatras alrededor del mundo.
1.
El objetivo de la psiquiatría consiste en
promover la salud, así como el desarrollo y la autonomía personal.
2.
A todo paciente debe ofrecérsele la mejor
terapéutica disponible, y tratarlo con la solicitud y respeto debidos a la
dignidad de cualquier ser humano, respetando su autonomía sobre su vida y su
salud.
3.
La relación terapéutica entre paciente y
psiquiatra se funda en el mutuo acuerdo. Este requiere confianza, secreto
profesional, franqueza, cooperación y responsabilidad mutua.
4.
El psiquiatra debe informar al paciente de la
naturaleza de su afección, del diagnóstico propuesto y de los procedimientos
terapéuticos, incluyendo las posibles alternativas.
5.
No debe realizarse ningún proceder ni
administrarse ningún tratamiento contra el deseo del paciente o
independientemente de él, a memos que el sujeto carezca de capacidad para
expresar sus propios deseos, que debido a la enfermedad psiquiátrica no pueda
ver lo que más le interesa, o que, por la misma razón, constituya una amenaza
importante para otras personas.
6.
Tan pronto como no tengan aplicación las
condiciones expresadas más arriba para el tratamiento obligado, el paciente
debe ser dado de alta, a menos que voluntariamente consienta en continuar el
tratamiento.
7.
El
psiquiatra nunca debe usar las posibilidades de la profesión para
maltratar a individuos o grupos, y nunca debe permitir que sus prejuicios,
sentimientos o deseos interfieran con el tratamiento.
8.
Todo lo que el paciente diga al psiquiatra, y
lo que éste haya anotado durante el examen o el tratamiento, debe considerarse
confidencial, a menos que el paciente libere al psiquiatra del secreto
profesional, o razones vitales de interés común o para un beneficio superior
del propio paciente hagan imperativo el descubrirlo.
9.
Para aumentar y extender los conocimientos y
métodos terapéuticos de la psiquiatría se requiere la participación de los
pacientes.
10. Todo
paciente o sujeto de investigación es libre de retirarse, por cualquier razón y
cualquier momento, de cualquier tratamiento voluntario o de cualquier
programa de investigación o docencia en
el que participe.
Declaración
de Lisboa de 1981.
La relación entre los
médicos, sus pacientes y la sociedad toda ha sufrido importantes cambios en los
últimos años. La medicina era más sencilla, los recursos del médico para
atender al enfermo estaban más en sus capacidades personales, en su relación
con el enfermo, que en los recursos externos, llámese implementos de tecnología
para el diagnóstico, medicinas más eficaces y otros procedimientos de
tratamiento que la ciencia y la tecnología moderna han puesto en manos del
médico. Las demandas se deben en gran parte a la pérdida de esta relación, que
se basaba en la gran confianza de los pacientes en la medicina y en los
médicos. Aunque el médico siempre debe actuar de acuerdo a su conciencia y en
el mejor interés del paciente, se deben hacer los mismos esfuerzos a fin de garantizar
la autonomía y justicia con el paciente. La siguiente Declaración de Lisboa de
la Asociación Médica Mundial sobre los derechos del paciente representa algunos
de los derechos principales del paciente que la profesión médica ratifica y
promueve.
Principios:
1.
Derecho a la atención médica de buena calidad
A. Toda
persona tiene derecho, sin discriminación, a una atención médica apropiada.
B. Todo paciente tiene derecho a ser atendido por
un médico que él sepa que tiene libertad para dar una opinión clínica y ética,
sin ninguna interferencia exterior.
C. El
paciente siempre debe ser tratado respetando sus mejores intereses.
D. La
seguridad de la calidad siempre debe ser parte de la atención médica y los
médicos, en especial, deben aceptar la responsabilidad de ser los guardianes de
la calidad de los servicios médicos.
E. En
circunstancias cuando se debe elegir entre pacientes potenciales para un
tratamiento particular, el que es limitado, todos esos pacientes tienen derecho
a una selección justa para ese tratamiento.
F. El
paciente tiene derecho a una atención médica continua.
2.
Derecho a la libertad de elección.
El
paciente tiene derecho a eligir o cambiar libremente su médico y hospital o
institución de servicio de salud, sin considerar si forman parte del sector
público o privado.
El
paciente tiene derecho a solicitar la opinión de otro médico en cualquier
momento.
3.
Derecho a la autodeterminación.
A. El
paciente tiene derecho a la autodeterminación y a tomar decisiones libremente
en relación a su persona.
B. El
paciente adulto mentalmente competente tiene derecho a dar o negar su
consentimiento para cualquier examen, diagnóstico o terapia.
C. El
paciente tiene derecho a negarse a participar en la investigación o enseñanza
de la medicina.
4.
El Paciente inconsciente.
A. Si
el paciente está inconsciente o no puede expresar su voluntad, se debe obtener
el consentimiento de un representante legal, cuando sea posible.
B. Si
no se dispone de un representante legal, y se necesita urgente una intervención
médica, se debe suponer el consentimiento del paciente, a menos que sea obvio y
no quede la menor duda, en base a lo expresado previamente por el paciente o
por convicción anterior, que éste rechazaría la intervención en esa situación.
C. Sin
embargo, el médico siempre debe tratar de salvar la vida de un paciente
inconsciente que ha intentado suicidarse.
5.
El Paciente legalmente incapacitado.
A. Incluso
si el paciente es menor de edad o está legalmente incapacitado, se necesita el
consentimiento de un representante legal en algunas jurisdicciones.
B. Si
el paciente incapacitado legalmente puede tomar decisiones racionales, éstas
deben ser respetadas y él tiene derecho a prohibir la entrega de información a
su representante legal.
C. Si
el representante legal del paciente o una persona autorizada por el paciente,
prohíbe el tratamiento que, según el médico, es el mejor para el paciente, el
médico debe apelar de esta decisión en la institución legal pertinente u otra.
6.
Procedimientos contra la voluntad del
paciente.
El
diagnóstico o tratamiento se puede realizar contra la voluntad del paciente, en
casos excepcionales sola y específicamente si lo autoriza la ley y conforme a
los principios de ética médica.
7.
Derecho a la información.
A. El
paciente tiene derecho a recibir información sobre su persona registrada en su
historial médico y a estar totalmente informado sobre su salud, inclusive los
aspectos médicos de su condición.
B. Excepcionalmente,
se puede retener información frente al paciente cuando haya una buena razón
para creer que dicha información representaría un serio peligro para su vida o
su salud.
C. La
información se debe entregar de manera apropiada a la cultura local y de tal
forma que el paciente pueda entenderla.
D. El
paciente tiene el derecho a no ser informado por su solicitud expresa, a menos
que lo exija la protección de la vida de otra persona.
E. El
paciente tiene el derecho de elegir quién, si alguno, debe ser informado en su
lugar.
8.
Derecho al secreto.
A. Toda
la información identificable del estado de salud, condición médica, diagnóstico
y tratamiento de un paciente y toda otra información de tipo personal, debe
mantenerse en secreto, incluso después de su muerte.
B. La
información confidencial sólo se puede dar a conocer si el paciente da su
consentimiento explícito o si la ley prevé expresamente eso.
C. Toda
información identificable del paciente debe ser protegida. La protección de la
información debe ser apropiada a la manera del almacenamiento.
9.
Derecho a la Educación sobre la Salud.
A. Toda
persona tiene derecho a la educación sobre la salud para que la ayude a tomar
decisiones informadas sobre su salud personal y sobre los servicios de salud
disponibles.
10. Derecho
a la dignidad.
A. La
dignidad del paciente y el derecho a su vida privada deben ser respetadas en
todo momento durante la atención médica y la enseñanza de la medicina, al igual
que su cultura y sus valores.
B. El
paciente tiene derecho a aliviar su sufrimiento, según los conocimientos
actuales.
C. El
paciente tiene derecho a una atención terminal humana y a recibir toda la ayuda
disponible para que muera lo más digna y aliviadamente posible.
11. Derecho
a la Asistencia Religiosa.
A. El
paciente tiene derecho a recibir o rechazar asistencia espiritual y moral,
inclusive la de un representante de su religión.
Declaración
de Venecia de 1983
El dolor como experiencia
sensorial molesta o desagradable, no sola abarca el derivado de las
enfermedades en estado terminal, sino también cualquier otro tipo de dolor leve
o agudo, esporádico o crónico, sea por trauma, enfermedad, parto, cirugía, etc.
La situación de agonía o de últimos días es la fase que precede a la muerte
cuando ésta ocurre gradualmente. Se manifiesta por la presencia de deterioro
físico severo, debilidad extrema, trastornos cognitivos y de conciencia,
dificultad de relación y de ingesta y pronóstico vital de días, en el curso de
una enfermedad con diagnóstico y pronóstico sin posibilidad de tratamiento
curativo. Son derechos fundamentales del ser humano que en la fase final de la
vida adquieren un significado especial, convirtiéndose en necesidades a las que
debemos dar una respuesta adecuada para proporcionar una atención integral.
Declaración de Venecia de la Asociación Médica Mundial sobre la enfermedad
terminal, proporciona fundamentos en la práctica médica sobre dichas situación,
que a continuación se mencionan.
1.
El deber del médico es curar y cuando sea
posible, aliviar el sufrimiento y proteger los intereses de sus pacientes.
2.
No habrá ninguna excepción a este principio,
incluso en caso de enfermedad incurable o de malformación.
3. Este principio no excluye
la aplicación de las siguientes reglas:
A.
El médico puede aliviar el sufrimiento de un
paciente que padece de una enfermedad terminal, al interrumpir el tratamiento
con el consentimiento del paciente o de su familia inmediata, en caso de no
poder expresar su propia voluntad.
B.
El médico debe evitar emplear cualquier medio
extraordinario que no tenga beneficio alguno para el paciente.
C.
Cuando el paciente no puede revertir el
proceso final de cesación de las funciones vitales, el médico puede aplicar
tratamientos artificiales que permitan mantener activos los órganos para
trasplantes, a condición de que proceda de acuerdo con la legislación del país
o en virtud del consentimiento formal.
Declaración
sobre el comercio de órganos vicos, en Bruselas, Bélgica, 1985.
Proposición sobre el tráfico
de órganos vivos, esta proposición fue adoptada por la 37a Asamblea Médica
Mundial de Bruselas, Bélgica, en octubre de 1985. Este instrumento del derecho
médico internacional contiene la condena de la Asociación Médica Mundial relativa
a la compraventa de órganos vivos, que convierte a la actividad médica
trasplantológica en un lucrativo, antihumano y antiético negocio. Adoptada por
la 37ª Asamblea Médica Mundial Bruselas, Bélgica, octubre 1985:
Se ha considerado
debidamente el hecho de que recientemente se ha originado un comercio que
aporta considerables beneficios económicos, que consiste en transportar riñones
vivos desde países subdesarrollados para trasplantes en Europa y en Estados
Unidos.
A.
La Asociación Médica Mundial condena la
compra y venta de órganos vivos para trasplantes.
B.
La Asociación Médica Mundial exhorta a los
gobiernos de todos los países a que tomen medidas efectivas, a fin de impedir
el uso comercial de órganos humanos.
Declaración
sobre la independencia y libertad profesional del médico, en Rancho Mirage
(california, Estados Unidos) en 1986.
Declaración sobre la
independencia del médico y su libertad profesional; esta declaración adoptada
por la 37 Asamblea Médica Mundial de Rancho Mirage en California, Estados
Unidos, en octubre de 1966, dispone que los médicos deben tener la libertad
profesional de asistir a sus pacientes sin interferencias.
1.
Los médicos deben reconocer y apoyar los
derechos de sus pacientes, tal como están definidos en la Declaración de Lisboa
de la Asociación Médica Mundial (1981).
2.
Los médicos deben gozar de una libertad
profesional que les permita atender a sus pacientes sin interferencias. El
privilegio del médico de usar su juicio y discreción profesional para tomar las
decisiones clínicas y éticas necesarias para la atención y tratamiento de sus
pacientes debe ser mantenido y defendido.
3.
Los médicos deben tener independencia
profesional para representar y defender las necesidades de sus pacientes en
materia de salud contra todos los que nieguen o limiten la atención que ellos
necesitan.
4.
Dentro del marco de su ejercicio profesional
y de atención de sus pacientes, no debe esperarse que el médico siga las
prioridades que el gobierno o la sociedad han impuesto sobre la distribución de
recursos médicos insuficientes.
5.
Si bien los médicos deben estar conscientes
del costo de la atención médica y deben participar activamente en el control de
gastos médicos, es su obligación primordial representar los intereses de sus
enfermos y heridos contra las demandas de la sociedad en materia de control de
gastos que podrían poner en peligro no sólo la salud, sino la vida de sus
pacientes.
6.
Al garantizar la independencia y la libertad
profesional para que el médico ejerza la medicina, la comunidad asegura la mejor
atención médica para sus ciudadanos, lo cual, a su vez, contribuye a una
sociedad fuerte y segura.
Declaración
sobre la Eutanasia en Madrid 1987.
La eutanasia significa una
muerte buena. Desde el punto de vista jurídico, es la muerte sin sufrimiento físico
provocada por propia voluntad de un enfermo incurable. En la práctica consiste
en administrar drogas, fármacos u otras sustancias que alivien el dolor aunque
con ello se acorte la vida. La decisión de la aplicación de la eutanasia ha
sido un problema persistente en la historia de la humanidad, ideologías
diversas se enfrentan defendiendo sus argumentos de si debe o no practicarse.
Declaración sobre la eutanasia; adoptada por la 39ª Asamblea Médica Mundial de
Madrid, España, en octubre de 1987; en la misma se dispone que la eutanasia no
es ética ya que la muerte debe seguir un proceso natural y condena francamente
todo tipo de eutanasia, ya sea activa o pasiva, pues el médico tiene como
principio ético-jurídico esencial la preservación de la vida y no debe
involucrarse en actos lesivos contra la integridad física o la vida de ningún
ser humano. Declaración sobre la eutanasia:
·
La eutanasia, es decir, el acto deliberado de
poner fin a la vida de un paciente, aunque sea por voluntad propia o a petición
de sus familiares, es contraria a la ética. Ello no impide al médico respetar
el deseo del paciente de dejar que el proceso natural de la muerte siga su
curso en la fase terminal de su enfermedad.
Declaración
sobre la autonomía y autorregulación profesional adoptada en Madrid, España en
1987.
Declaración de Madrid sobre
autonomía profesional y autorregulación; adoptada por la 39ª Asamblea Médica Mundial de Madrid, celebrada
en octubre de 1987, regula el componente central de la autonomía profesional
del médico en el sentido de que la misma debe asegurar que los médicos tengan
libertad para aplicar su criterio profesional en la atención y tratamiento de
sus pacientes. Declaración de la Asociación Médica Mundial sobre la autonomía y
autorregulación profesional:
1
El elemento principal de la autonomía
profesional es la garantía que el médico puede emitir con toda libertad su
opinión profesional con respecto a la atención y tratamiento de sus pacientes.
2
La Asociación Médica Mundial reafirma la
importancia de la autonomía profesional como componente esencial de la atención
médica de alta calidad y, por consiguiente, como un beneficio que se debe al
paciente y que debe ser preservado.
3
Paralelamente al derecho a la autonomía
profesional, la profesión médica tiene una responsabilidad permanente de
autorregulación y no obstante la existencia de otros reglamentos aplicables a
los médicos, la profesión médica debe tomar a su cargo la tarea de regular la
conducta y actividades profesionales del médico.
4
La Asociación Médica Mundial insta a los
médicos de cada país a establecer, mantener y participar activamente en un
sistema de autorregulación.
5
La calidad de la atención prestada a los
pacientes y la competencia del médico que entrega dicha atención, deben ser
siempre la preocupación primordial de cualquier sistema de autorregulación.
6
Tener conciencia de los gastos es un elemento
esencial de la autorregulación. Nuevamente, los médicos están particularmente
calificados para hacer las evaluaciones necesarias para tomar las decisiones de
control de gastos.
7
Por último, las actividades profesionales y
la conducta de los médicos deben siempre estar dentro de los límites del código
de ética profesional o de los principios de ética médica en vigor en cada país.
8
Por supuesto que existen muchos otros tipos
de autorregulación por los cuales las asociaciones médicas nacionales pueden
asumir la responsabilidad.
9
Las asociaciones médicas nacionales deben
también educar al público en general con respecto a la existencia de un sistema
efectivo y responsable de autorregulación por parte de la profesión médica del
país respectivo.
10 La
acción colectiva de la profesión médica de asumir la responsabilidad de
establecer un sistema de autorregulación profesional realzará y asegurará el
derecho del médico de tratar sus pacientes sin interferencia en su juicio
profesional.
Declaración
sobre la enseñanza médica, adoptada en Madrid, España en 1987.
La educación médica es un
proceso continuo de aprendizaje que empieza con la admisión en la escuela de
Medicina y que termina con el retiro de la práctica activa. Las asociaciones
médicas en cada país se deben dedicar a organizar los recursos que se necesitan
para proporcionar y orientar una educación médica de calidad. A fin de orientar
el apoyo público y profesional a la educación médica, las asociaciones médicas
en todos los países deben estar muy conscientes de las necesidades, opiniones,
esperanzas y dignidad personal de sus conciudadanos.
Principios
de educación médica
Principios fundamentales de
la enseñanza médica:
·
El gremio médico, el cuerpo docente y otras
instituciones educacionales, y el gobierno comparten la responsabilidad de
garantizar los altos estándares de calidad de la educación médica. La educación
médica comprende la enseñanza que conduce a la obtención del primer grado
profesional, la instrucción clínica preparatoria para la práctica de la
medicina general o de una especialidad.
Preparación del estudiante
de medicina:
·
La meta de la educación médica es instruir a
los médicos para que tengan el derecho, acorde con su preparación, de practicar
la profesión sin limitaciones.
Instrucción a cargo del
cuerpo Docente:
·
La educación médica que conduce al primer
grado profesional debe ser impartida por un cuerpo docente organizado. El
cuerpo docente debe poseer la calificación académica correspondiente que sólo
se puede alcanzar mediante una preparación formal y una experiencia adecuada.
Contenido de la educación
médica:
·
La experiencia educacional debe incluir el
estudio de las ciencias biológicas y del comportamiento y los aspectos
socio-económicos de la atención de la salud.
Educación clínica:
·
El componente clínico de la educación médica
debe basarse en el estudio supervisado de los pacientes y debe entrañar
experiencias directas en el diagnóstico y el tratamiento de las enfermedades.
Antes de empezar con la práctica independiente, todo médico debe completar un
curso formal de instrucción clínica.
Selección de estudiantes:
·
Antes de iniciar los estudios de medicina, es
de desear poseer una amplia educación liberal. Para estudiar medicina, los
estudiantes deben seleccionarse en función de su potencial individual, sus
motivaciones, su previa capacitación y su carácter.
Educación de posgrado:
·
Es de desear que el médico siga estudios de
posgrado luego de su primer título profesional; debe hacer su elección para
especializarse en atención al paciente, salud pública, investigación clínica o
básica, o educación médica.
Educación médica continúa:
·
Todos los médicos consagran su vida entera al
aprendizaje. Es esencial que el médico avance a la par con el desarrollo de la
medicina y mantenga el nivel de conocimientos y aptitudes necesarias para
proveer una atención de alta calidad. Las escuelas de medicina, los hospitales
y las asociaciones profesionales comparten la responsabilidad de crear y
proporcionar a todos los médicos las oportunidades para continuar su
perfeccionamiento.
Declaración
sobre la negligencia médica, La declaración sobre el proyecto genoma humano y
la declaración sobre el suicidio con ayuda médica en Marbella, España, 1992.
La
declaración sobre el proyecto genoma humano:
El Proyecto Genoma Humano
nos puede permitir identificar y caracterizar los genes que intervienen en las
principales enfermedades genéticas; más adelante será posible identificar y
caracterizar los genes que actúan en enfermedades con un componente genético.
Adoptada por la 44ª Asamblea Médica
Mundial de Marbella, España en 1992. En la misma se definen los principales
problemas que afectan la investigación sobre el genoma humano, entre ellos se
destacan: los problemas de política, la financiación del proyecto, el conflicto
entre lo privado y la necesidad de colaboración científica, la discriminación
genética en el seguro privado y en la contratación o empleo, el peligro de la
eugenesia y el uso de genes para fines no médicos. Por todo ello, la Asociación
Médica Mundial realizó en dicho documento una serie de recomendaciones para
establecer pautas éticas y legales generales, para prevenir la discriminación y
el estigma genético de la población sometida a riesgo. Las normas básicas son:
·
El servicio genético debe ser de fácil acceso
a todos a fin de evitar su explotación solamente por parte de los que tienen
recursos.
·
Se necesita una información internacional y
transferencia de tecnología y conocimientos entre todos los países.
·
Se debe respetar la voluntad de las personas
examinadas y su derecho a decidir sobre su participación y sobre el uso de la
información obtenida.
·
Se debe entregar información completa al
paciente o a su representante legal.
·
La entrega de información a terceros o el
acceso a información personal genética debe autorizarse solamente con el
consentimiento informado del paciente.
Declaración
de la Asociación Médica Mundial sobre el suicidio con ayuda médica:
El suicidio con ayuda
médica, como la eutanasia, es contrario a la ética y debe ser condenado por la
profesión médica. Cuando el médico ayuda intencional y deliberadamente a la
persona a poner fin a su vida, entonces el médico actúa contra la ética. Sin
embargo, el derecho de rechazar tratamiento médico es un derecho básico del
paciente y el médico actúa éticamente, incluso si al respetar ese deseo el
paciente muere.
Declaración sobre sobre la
responsabilidad profesional por los niveles de atención médica adoptada en
Sudáfrica en 1996.
Declaración de la Asociación
Médica Mundial sobre la responsabilidad profesional por los niveles de atención
médica:
·
Reconociendo que: el médico tiene la
obligación de prestar a sus pacientes un servicio médico competente y de
esforzarse por denunciar a los médicos débiles de carácter o deficientes en
competencia profesional.
·
Reconociendo que: el paciente tiene derecho a
ser atendido por un médico que él sabe que tiene la libertad de dar una opinión
clínica y ética sin interferencias externas inadecuadas.
·
Reconociendo que: los comités de ética,
comités de credenciales y otras formas de revisión por la profesión han sido
establecidos desde hace tiempo, reconocidos y aceptados por la medicina
organizada para controlar la conducta profesional del médico.
·
Reafirmando que: la autonomía profesional y
el deber de tener una autorregulación son componentes esenciales de la atención
de alta calidad.
Declaración
sobre las responsabilidades y normas éticas en la utilización de la
telemedicina, en Tel Aviv, Israel, 1999.
Las tecnologías y terapias
médicas modernas han permitido tratar y controlar (pero no sanar) muchas
enfermedades potencialmente fatales. El objetivo de la atención médica en estos
casos es controlar la evolución de la enfermedad y ayudar a los pacientes a
mantener su independencia y un máximo nivel de función en sus domicilios y
comunidades. El propósito de la atención médica no sólo incluye el diagnóstico
y el tratamiento médico, sino también la educación del paciente sobre la
observación y supervisión médica prolongada y cuidado de sí mismo.
Tipos
de Telemedicina
La posibilidad de que los
médicos utilicen la telemedicina depende del acceso a la tecnología y éste no
es el mismo en todas partes del mundo.
·
Una interacción entre el médico y el paciente
geográficamente aislado o que se encuentra en un medio hostil y que no tiene
acceso a un médico local.
·
Una interacción entre el médico y el
paciente, donde se transmite información médica electrónicamente (presión
arterial, electrocardiogramas, etc.) al médico, lo que permite vigilar
regularmente el estado del paciente.
·
Una interacción donde el paciente consulta
directamente al médico, utilizando cualquier forma de telecomunicación,
incluido el internet.
·
Una interacción entre dos médicos: uno
físicamente presente con el paciente y otro reconocido por ser muy competente
en un problema médico.
·
Independiente del sistema de telemedicina que
utiliza el médico, los principios de ética médica a los que está sujeta
mundialmente la profesión médica nunca deben comprometerse.
Relación
Médico-Paciente
·
La telemedicina no debe afectar adversamente
la relación individual médico-paciente.
·
La principal aplicación de la telemedicina es
la situación donde el médico tratante necesita la opinión o consejo de otro
colega, a solicitud o con el permiso del paciente.
·
Cuando el paciente pide una consulta directa
de telemedicina, idealmente sólo debe darse cuando el médico ya tenga una
relación profesional con el paciente o tenga un conocimiento adecuado del
problema que se presenta, de modo que el médico pueda tener una opinión clínica
correcta y justificable.
·
En una emergencia en que se utilice la
telemedicina, la opinión del médico puede tener que basarse en información
incompleta, pero en esos casos, la urgencia clínica de la situación será el
factor determinante para entregar una opinión o un tratamiento.
Responsabilidades
del Médico.
·
El médico queda en libertad y completa
independencia de decidir si utiliza o recomienda la telemedicina para su
paciente.
·
Cuando se utiliza la telemedicina
directamente con el paciente, el médico asume la responsabilidad del caso en
cuestión.
·
El médico que pide la opinión de otro colega
es responsable del tratamiento y de otras decisiones y recomendaciones
entregadas al paciente.
·
Es esencial que el médico que no tiene
contacto directo con el paciente (como el tele-experto o un médico que
participa en la televigilancia) pueda participar en procedimientos de
seguimiento, si es necesario.
·
Cuando personas que no son médicos participen
en la telemedicina, por ejemplo en la recolección o transmisión de datos,
vigilancia o cualquier otro propósito, el médico debe asegurarse que la
formación y la competencia de estos otros profesionales de la salud sean
adecuadas, a fin de garantizar una utilización apropiada y ética de la
telemedicina.
Rol
del Paciente.
·
En algunas situaciones, el paciente asume la
responsabilidad de la recolección y transmisión de datos al médico, como en el
caso de la televigilancia.
El
Consentimiento y Confidencialidad del Paciente.
·
Las reglas corrientes del consentimiento y
confidencialidad del paciente también se aplican a las situaciones de
telemedicina.
Calidad
de la Atención y Seguridad en la Telemedicina.
·
El médico que utiliza la telemedicina es
responsable de la calidad de la atención que recibe el paciente y no debe optar
por la consulta de telemedicina, a menos que considere que es la mejor opción
disponible.
·
Se deben usar regularmente medidas de
evaluación de la calidad, a fin de asegurar el mejor diagnóstico y tratamiento
posibles en la telemedicina.
Calidad
de la Información.
·
El médico que ejerce la medicina a la
distancia sin ver el paciente debe evaluar cuidadosamente la información que
recibe.
Autorización
y Competencia para Utilizar la Telemedicina.
·
La telemedicina ofrece la oportunidad de
aumentar el uso eficaz de los recursos humanos médicos en el mundo y debe estar
abierta a todos los médicos, incluso a través de las fronteras nacionales.
·
El médico que utiliza la telemedicina debe
estar autorizado a ejercer la medicina en el país o estado donde reside y debe
ser competente en su especialidad.
Historial
Clínico del Paciente.
·
Todos los médicos que utilicen la
telemedicina deben mantener historiales clínicos adecuados de los pacientes y
todos los aspectos de cada caso deben estar documentados debidamente.
·
El experto que es consultado a través de la
telemedicina también debe mantener un historial clínico detallado de las
opiniones que entrega y también de la información en que se basaron.
·
Los métodos electrónicos de almacenamiento y
transmisión de la información del paciente, sólo puede ser utilizados cuando se
hayan tomado medidas suficientes para proteger la confidencialidad y la
seguridad de la información registrada o intercambiada.
Formación
en Telemedicina.
·
La telemedicina es un campo prometedor para
el ejercicio de la medicina y la formación en este campo debe ser parte de la
educación médica básica y continua.
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